Términos y condiciones del programa ClubPro de Corralón Salta Aberturas

TÉRMINOS Y CONDICIONES: PROGRAMA DE BENEFICIOS PARA PROFESIONALES

ORGANIZADOR: JUAN MANUEL ACEVEDO DIAZ (en adelante, “EL ORGANIZADOR”), CUIT 20-23931135-1, con domicilio legal en Av. Siria 1650, San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, Argentina, titular de la denominación comercial “CORRALÓN SALTA”.

1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

El presente programa de fidelización tiene por objeto premiar la trayectoria y el asesoramiento técnico de los profesionales de la construcción dentro del territorio de la República Argentina. La participación en el programa implica la aceptación de estas bases, las cuales se rigen por las leyes vigentes en Argentina.

2. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

El programa es exclusivo para personas humanas residentes en Argentina que acrediten ser profesionales matriculados en los colegios respectivos del rubro: Arquitectos, Ingenieros Civiles o Maestros Mayores de Obra (MMO).

  • Exclusiones: No podrán participar personas jurídicas ni consumidores finales.
  • Activación: El perfil se activa con la primera compra de volumen o gestión comercial registrada tras el alta.

3. REGISTRO Y DATOS PERSONALES

Para el ingreso, el interesado debe proporcionar: Nombre y Apellido, DNI, CUIT, Matrícula Profesional, Teléfono celular, Dirección y Correo electrónico (constituido como domicilio especial para notificaciones legales).

4. MECÁNICA DE ACUMULACIÓN DE PUNTOS

Se acreditará el 5% (cinco por ciento) del valor neto (base imponible, sin IVA) de las facturas efectivamente cobradas:

  • A) Compras Propias: Facturadas al profesional inscripto.
  • B) Compras Gestionadas (Terceros): Facturadas a clientes del profesional, siempre que este sea vinculado a la operación en el sistema al momento de la cotización.
  • Acreditación Diferida: Los puntos se validarán como «Disponibles» transcurridos 15 días corridos de la entrega total de la mercadería, para prevenir fraudes por devoluciones.

5. VALUACIÓN Y PROTECCIÓN CAMBIARIA

  • Moneda de Cuenta: A fines de preservar su valor, los puntos se expresarán contablemente en Dólares Estadounidenses (USD).
  • Conversión de Origen: Se utilizará el Dólar Oficial Tipo Vendedor del Banco de la Nación Argentina (BNA) vigente al cierre del día hábil anterior a la fecha de facturación.
  • Cláusula de Estabilización: Ante variaciones de la paridad peso/dólar (BNA) superiores al 20% en un periodo de 30 días corridos, EL ORGANIZADOR podrá suspender transitoriamente el canje por un plazo de 15 días hábiles para garantizar la sostenibilidad del programa.

6. CANJE DE PUNTOS

  • Uso: Los puntos son canjeables exclusivamente por productos de EL ORGANIZADOR.
  • Valor de Canje: La reconversión a pesos se realizará al valor del Dólar Oficial Tipo Vendedor del BNA del día de la solicitud de canje.
  • Prohibición de Efectivo: Los puntos no son canjeables por dinero en efectivo ni aplicables a saldos deudores previos.

7. CADUCIDAD Y DERECHOS ADQUIRIDOS

  • Vigencia: Los puntos caducarán automáticamente a los 12 meses de su acreditación.
  • Modificaciones: Los cambios en las bases se notificarán con 30 días de antelación y solo afectarán a los puntos generados después de la modificación (Derechos Adquiridos).

8. CANALES OFICIALES Y COMUNICACIONES

Para toda gestión relacionada con el programa (consultas de saldo, acreditaciones, reclamos o solicitudes de canje), los únicos canales de comunicación oficiales y vinculantes son:

  • WhatsApp / Atención Telefónica: [Insertar Número aquí]
  • Correo Electrónico Oficial: [Insertar Email aquí]
  • Atención Presencial: Área de «Coordinación de Programa de Beneficios» en Av. Siria 1650, San Miguel de Tucumán.
  • Horario de Atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 17:00 hs.

9. PROTECCIÓN DE DATOS (LEY 25.326)

Los datos recolectados serán tratados conforme a la Ley Nacional de Protección de Datos Personales (Ley 25.326). EL ORGANIZADOR garantiza la confidencialidad y el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y supresión por parte de los titulares.

10. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

El presente contrato se rige por las leyes de la República Argentina. Para cualquier controversia legal, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de San Miguel de Tucumán, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.